Certificado
Banner

Gestión de la Formación bonificada

evalua-advierte-cuidado-formacion-bonificada-emrpesas-externas-coste-cero

FORMACIÓN BONIFICADA

Es la formación bonificada a cargo de los pagos a la Seguridad Social.
Tiene su inicio con la ley, en ella se especifica que el 0,7 de la base (casilla 501 del TC1) del todo el año anterior, puede (debe) destinarse a la formación del trabajador en régimen general de la empresa.
Por lo tanto todas las empresas con un trabajador contratado pueden (deben) realizar formación.
Los pasos para realizar esta formación:

  • Adhesión de la empresa al convenio de Agrupación de empresas
  • Solicitar y comunicar al Centro el curso en el que está interesado
  • Cumplimentar la solicitud de inscripción del trabajador.
  • Si la empresa dispone de Representación Legal de los Trabajadores, deberá presentar firmado dicho informe que se le facilitará en el Centro.
  • Pagar el coste del curso una vez finalizado el curso se bonificará en el TC correspondiente el importe del mismo.

 

¿Qué es la formación bonificada?
Todas las empresas que cotizan en la Seguridad Social por sus trabajadores  por formación profesional disponen de una cuantía (crédito de formación), para bonificarse la formación que realicen sus trabajadores anualmente. Este crédito es una cantidad que la empresa tiene para invertir en formación, la cantidad que dispone la empresa para financiar las acciones formativas se calcula en base a la cuantía ingresada a la Seguridad Social el año anterior en concepto de Cuota de Formación Profesional por el porcentaje de bonificación que anualmente se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.El porcentaje de bonificación está en función del tamaño de la empresa (a menos trabajadores, mayor porcentaje de bonificación).

Tipos de bonificación:

 

Existe un esfuerzo inversor por parte de la empresa llamado COFINANCIACION o aportación privada, ya sea económica ( no bonificándose del todo el curso) o bien realizando parte del curso durante la jornada laboral, ese esfuerzo inversor de la empresa se establece en función de la plantilla media de la empresa

Una vez calculado el crédito que dispone la empresa, esta podrá iniciar y planificar la formación, cada acción podrá ser bonificable en función del coste del curso y del crédito disponible de la empresa, teniendo en cuanta la empresa que para poder bonificarse el coste en formación debe encontrarse al corriente de pago en la Seguridad Social y en las Obligaciones Tributarias.Y recuerda:

¡!SI ESTE CRÉDITO NO LO UTILIZAS, LO HABRÁS PERDIDO¡¡

EN  FORMASTER TE AYUDAMOS A NO PERDERLO

Certificado Aptitud Profesional (CAP)

Consultar provincia

Localiza tu centro

Especialistas en la Formación de la Conducción, Logística y Seguridad Vial.

Buscar